jueves, 1 de marzo de 2012

Sobre la Libertad de Información.

     Cuando se pasan tantos años en la tarea docente, como me ocurre a mí, pienso y siento, que he dicho  muchas veces las mismas cosas, las he repetido y las he reiterado, por considerarlo necesario. Pero, no deja de agobiarme volver a escribir sobre aspectos que había considerado superados. Sobre la libertad de información, especialmente, los periodistas venezolanos hemos hablado, discutido, polemizado hasta, finalmente, llegar a la conclusión, hace más de 13 años, de la importancia de la Libertad de Expresión y de la de información, como fórmula relevante para establecer  a la de Información, como categoría jurídica. Durante la  última constituyente, estuvieron presentes, un importante número de periodistas, que habían participado activamente en ese debate sobre la libertad de información. De allí, que el artículo 58 de la Constitución vigente, dice… “Toda persona tiene derecho a la información oportuna, veraz e imparcial, sin censura, de acuerdo a los principios de esta Constitución, así como a la réplica y rectificación cuando se vea afectada directamente por informaciones, inexactas o agraviantes…” Así, quedó establecida esa importante libertad, que marca el inicio  de la “era de la información”, tal como ha quedado establecido en el libro, fundamental, de Manuel Castel, “La era de la información”. Por otra parte, también hemos hablado y discutido, nosotros los periodistas, en Convenciones, Asambleas, Foros, clases y demás formas de contrastar las ideas, la cuestión relativa a sí los individuos públicos, hombres y mujeres, tienen derecho a una vida privada. Puede tratarse de altos funcionarios públicos  y/o artistas, deportistas, en fin de individuos a quienes se consideran famosos, y por la prominencia de su personalidad, acción o actuación, se han transformado en noticia. Hay una especie de acuerdo, en nuestro país, no exagerar, ni hacer amarillismo cuando está el interés público por encima, sin embargo hay que informar. Es nuestro deber y el derecho del pueblo. Nuestro periodismo, ni siquiera el del espectáculo, puede considerarse, que incumple las normas generales de la ética del periodismo. Ahora bien, tenemos la obligación de informar, es decir: “conseguir datos para reducir la incertidumbre” de las personas.  En el caso de la salud del Presidente de la República, hay toda una expectativa en torno a cuan grave es su enfermedad y qué tipo de cáncer sufre. No se trata de informar noticiosamente simplemente,  ni con morbo. De lo que se trata es de satisfacer la necesidad informativa del ciudadano-a, y de, cumplir con el derecho a la información que ampara la Constitución Nacional.  La enorme incertidumbre que se ha generado por la falta de transparencia en la información médica, conduce  a la aparición de rumores, a la distorsión de los hechos y a la especulación. La única manera de acabar con la cantidad de hechos imaginarios y especulativos, es cumplir con la Constitución Nacional,  y dar información, oportuna, veraz e imparcial.